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El primer
documento que hay que buscar es la partida de nacimiento en
Trentino (o de todos modos en Italia) del ascendente emigrado al
exterior.
Hagamos la hipótesis en base a
la cual el ascendente emigrado desde Trentino es el abuelo y
reiteramos que las personas nacidas hasta el 31 de diciembre de
1947 pueden pedir el reconocimiento de la ciudadanía sólo por
la línea paterna, mientras que las personas nacidas a partir
del 1° de Enero de 1948 pueden pedir el reconocimiento sea por
la línea paterna que por la materna.
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